LEY DE HUMEDALES: CUANDO EL CONSENSO EMPOBRECE EL RESULTADO

  • La superficie y la calidad de los humedales siguen disminuyendo.
  • La Cámara de Senadores de la Nación dio media sanción al proyecto de Ley de Presupuestos Mínimos para la Conservación de los Humedales.
  • El proyecto aprobado en el Senado, no tiene moratoria, por lo que habilita a que por 5 años (3 para el Inventario y 2 para el Ordenamiento), se realicen actividades que puedan modificarlos.
  • Otro aspecto débil es que no hay consecuencias para las provincias que no realicen el ordenamiento.
  • El sector inmobiliario y agroindustrial fueron los que más presionaron para ablandar el texto de ley.
  • Finalmente quedó un proyecto que dista bastante de la propuesta original, los senadores que no se animaron a decir abiertamente que no les interesa una ley de humedales se esmeraron en lavarla. Se logró un consenso, pero mataron la ley.

Por Elba Stancich

Publicado originalmente en NAN

http://lanan.com.ar

El miércoles 30 de noviembre pasado la Cámara de Senadores de la Nación dio media sanción al proyecto de Ley de Presupuestos Mínimos para la Conservación de los Humedales de origen natural con 53 votos afirmativos, cinco votos negativos y cinco abstenciones. Tres años atrás, también en noviembre, el Senado había aprobado por unanimidad un proyecto que luego perdió estado parlamentario. Por lo que era el cuarto año consecutivo en que el Congreso discutía y hacía esfuerzos por consensuar los proyectos presentados por diferentes legisladores para lograr un marco regulatorio que permita ordenar las actividades sobre los humedales, de manera de no seguir perdiendo estos valiosos espacios naturales. En este tiempo participaron del debate organismos técnicos, académicos, ONGs y las autoridades ambientales de la Nación y de las provincias a través del COFEMA (Consejo Federal del Ambiente).

La Convención Internacional sobre Humedales (Ramsar), los define de manera amplia: comprenden todos los lagos y ríos, acuíferos subterráneos, pantanos y marismas, pastizales húmedos, turberas, oasis, estuarios, deltas y bajos de marea, manglares y otras zonas costeras, arrecifes coralinos, y sitios artificiales como estanques piscícolas, arrozales, reservorios y salinas. Indispensables por los innumerables beneficios o “servicios ecosistémicos” que brindan a la humanidad, desde suministro de agua dulce, alimentos y materiales de construcción, biodiversidad, control de crecidas, recarga de aguas subterráneas y mitigación del cambio climático.

Sin embargo, la superficie y la calidad de los humedales siguen disminuyendo. En consecuencia, los servicios que brindan a las personas se encuentran en peligro. Se calcula que la extensión mundial de los humedales disminuyó entre un 64 y un 71 por ciento en el siglo XX y que la pérdida y degradación de los humedales continúan en todo el mundo. Argentina no es ajena a esta situación, ya que viene sufriendo la amenaza de la presión inmobiliaria, agricultura y ganadería, en escalas que exceden su capacidad de carga.

Los proyectos de ley presentados planteaban la realización de un Inventario Nacional de Humedales, para que luego cada provincia realice un ordenamiento territorial de los mismos y decida su uso de acuerdo a diferentes categorías, en un esquema similar al aplicado para la Ley de Bosques. La diferencia entre unos y otros es el plazo para su realización, criterios y condiciones a las provincias para realizar los ordenamientos, distribución de fondos, si se prohibían algunas actividades de acuerdo al grado de protección, y qué restricciones se establecían hasta tanto estuviesen finalizados inventario y ordenamiento.

Este último punto es de vital importancia, debido a que una ley sin moratoria es dar rienda libre a cualquier tipo de intervenciones hasta tanto se concluyan inventario y ordenamiento, distorsionando el objetivo de la ley que es evitar que se continúen destruyendo. El proyecto aprobado en el Senado, no tiene moratoria, por lo que habilita a que por 5 años (3 para el Inventario y 2 para el Ordenamiento), se realicen actividades que puedan modificarlos, plazo que en la práctica con los tiempos para su reglamentación y puesta en marcha se extiende a más.

Otro aspecto débil es que no hay consecuencias para las provincias que no realicen el ordenamiento en tiempo y forma, la cual no se traducirá en un esfuerzo de parte de éstas de realizar un proceso participativo para definir categorías de protección.

En el debate parlamentario también hubo tensión respecto a la propia definición de humedales. Tal es así que en el proyecto aprobado en el Senado se excluyó a las salinas de gran altura y se propuso (no se aceptó) excluir de la definición a los suelos hidromórficos, en línea a la sugerencia de INTA, lo que hubiese reducido de 23 a 12 por ciento del territorio nacional la superficie de humedales a proteger. A los propósitos de la ley, que es conocer cabalmente nuestros recursos naturales y regular las actividades sobre los mismos para asegurar seguir usufructuando de sus beneficios, esto no debería ser motivo de discusión, ya que más o menos superficie, no nos debe retraer de la responsabilidad de hacer uso de los recursos de manera sustentable, pero la sesión tuvo momentos que parecía retrotraernos a varias décadas atrás.

En 1980, tres prestigiosas organizaciones -Unión Mundial por la Naturaleza (UICN), Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente (PNUMA) y el Fondo Mundial para la Naturaleza (WWF)-, publicaron la Estrategia Mundial para la Conservación, cuyo mensaje novedoso era que la conservación no es lo contrario del desarrollo. En la misma se hacía hincapié en que el porvenir de la humanidad como parte integrante de la naturaleza está indisolublemente unido a la conservación de ésta y de los recursos naturales. Se afirmaba, asimismo, que una condición indispensable de la conservación es el desarrollo, ya que éste mitiga la pobreza y miseria de cientos de millones de personas. El debate en el Senado sobre producción/conservación atrasó más de cuarenta años.

El sector inmobiliario y agroindustrial fueron los que más presionaron para ablandar el texto del proyecto, con argumentos propios de no haber comprendido el alcance de la ley, ni admitir que los humedales son naturalmente productivos y que de sus bienes se desprenden gran cantidad de actividades económicas, justamente se trata de “no matar a la gallina de los huevos de oro”.

Finalmente quedó un proyecto que dista bastante de la propuesta original, los senadores que no se animaron a decir abiertamente que no les interesa una ley de humedales se esmeraron en lavarla. Se logró un consenso, pero mataron la ley, a tal punto que no generará en la práctica cambios sustantivos con respecto a la situación actual. Se desaprovechó una gran oportunidad.

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