- El Poder Judicial y la defensa del Medio Ambiente comparten la deslocalización temporal. Las decisiones deben abstraerse de las prioridades de las coyunturas y de las mayorías circunstanciales.
- La colisión entre el interés de las mayorías en un momento determinado y el derecho de las generaciones futuras es un tema complejo, que no admite una solución simplificadora.
- Es claro que la Justicia tiene una responsabilidad mayor, que es la de darle a sus actos un sentido de protección y cuidado a los derechos de los más débiles
- La madurez de nuestra sociedad permite que se avance un paso más y que esa disputa de intereses no se dirimida por un juez en soledad, sino que se tienda a utilizar figuras de mayor participación
Por Kevin Lehmann*
El Poder Judicial y la defensa del Medio Ambiente comparten la deslocalización temporal. Las decisiones deben abstraerse de las prioridades de las coyunturas y de las mayorías circunstanciales.
Dos ejemplos para ilustrar el punto e introducir la cuestión. El primero. Durante la vigencia de la democracia ateniense en determinadas fechas religiosas estaba prohibido el ingreso de barcos al puerto. Si un comerciante esperaba una carga de mercadería perecedera debía recurrir a la Asamblea de Ciudadanos y solicitar que le concediesen una excepción que le permitiese salvar su mercadería. La suerte de su pedido dependía de sus dotes de oratoria, del humor de la Asamblea, de las simpatías y alianzas con las que contase, etc. Otro ciudadano – o el mismo, en otro momento- podía impulsar un pedido similar y recibir una respuesta en el sentido contrario. Eran decisiones incuestionablemente democráticas. La institución de la República incorporó la estabilidad de las leyes: normas impersonales, estables y previsibles, que garantizaban respuestas análogas a situaciones homologables. Es decir, además de que la decisión fuera democrática debía ser igual para todos los ciudadanos y, de ese modo, se acotó el margen de decisión de las mayorías circunstanciales.
Segundo ejemplo. En un discurso pronunciado en la ciudad de Paraná en mayo 2013, el Presidente de la CSJN, Ricardo Lorenzetti, citó el caso de una comunidad de Alaska que decidió vender un lago. Cedieron toda el agua potable de ese lago para que fuera trasladada a la India. Tomaron una decisión que afecta a ciudadanos que todavía no nacieron o que son muy jóvenes para defender sus derechos.
La colisión entre el interés de las mayorías en un momento determinado y el derecho de las generaciones futuras es un tema complejo, que no admite una solución simplificadora. Son decisiones muchas veces dilemáticas, porque puede estar discutiéndose en medio de una crisis de pobreza o desempleo que pone en riesgo otros derechos humanos básicos de esas mayorías.
El Sistema republicano y democrático prevé que el Poder Judicial sea el elemento estabilizador, poniendo límite al Poder Legislativo y al Poder Ejecutivo cuando los intereses de los ciudadanos actuales, o de las mayorías, afectan derechos inalienables de los futuros ciudadanos o de las minorías. El estrés al que se ven sometidos jueces que, por esas razones, fallan en contra de los deseos mayoritarios es similar al que reciben las organizaciones que defienden derechos ambientales cuando se oponen a iniciativas que afectan significativamente la calidad del medio ambiente, pero que generan empleo o riqueza a las comunidades circundantes y a los vecinos que las habitan.
Hoy la agenda ambiental y la de la justicia se cruzan de múltiples maneras e instancias en una cantidad de causas y temas – Riachuelo, deforestación ilegal, cumplimiento de la ley de glaciares y contaminación por agroquímicos, minería a cielo abierto, por citar solo algunos –, que están atravesados por todos los componentes descriptos hasta aquí: se ven los derechos sociales, económicos y ambientales puestos en tensión por determinados proyectos y prácticas y por sus posibles beneficios y perjuicios, tanto actuales como futuros.
En estas situaciones es difícil dejar conformes a todos los actores involucrados, pero aun así es claro que la Justicia tiene una responsabilidad mayor, que es la de darle a sus actos un sentido de protección y cuidado a los derechos de los más débiles, sean éstos la sociedad civil frente a una corporación, una minoría étnica o trabajadores que ven en riesgo su fuente de ingresos, sin perder de vista la racionalidad y los intereses de las mayorías.
El hecho mismo de que discusiones tan trascendentes se tramiten dentro de los canales institucionales es muy positivo. Sin embargo, la madurez de nuestra sociedad permite que se avance un paso más y que esa disputa de intereses no se dirimida por un juez en soledad, sino que se tienda a utilizar figuras de mayor participación ciudadana. Existe, por lo tanto, la necesidad de ejercer una política pedagógica compartida, entre el sistema de administración de justicia y el sistema de actores que lideran la defensa del medio ambiente. Es imprescindible extender una reflexión más profunda y sofisticada respecto tanto de la trascendencia del derecho al ambiente, como de los aspectos jurídicos y procedimentales puestos al servicio de la defensa de ese derecho.
*Kevin Lehmann, Sociólogo, Co Director de la Diplomatura en Comunicación Judicial de la Universidad Nacional de Córdoba.